Hospital Militar Central

Imagen de Colombia potencia de la vida

1.1 Misión, visión, funciones y deberes

Thursday, 31 de March de 2022

Nuestra Entidad


Mediante Ley 352 de 1997 según su naturaleza jurídica el Hospital Militar Central está organizado como establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, que se denominará Hospital Militar Central, con domicilio en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D.C. 


Como parte integrante del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, el Hospital Militar Central tiene como objeto la prestación de los servicios de salud a los afiliados y beneficiarios de dicho Subsistema. Para mantener la eficiencia y calidad de los servicios, desarrollará actividades de docencia e investigación científica, acordes con las patologías propias de los afiliados al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y sus beneficiarios. 


El Hospital Militar puede ofrecer sus servicios a terceros y a empresas promotoras de salud, bajo las condiciones que para el efecto establezca su Junta Directiva.


Misión


Prestar servicios integrales especializados a los usuarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares centrados en el paciente y su familia y gestionar conocimiento a través de la academia y la investigación.


Visión


El Hospital Militar Central continuará siendo la reserva estratégica de la nación en servicios integrales de salud y generación del conocimiento.


 


 


Funciones del Hospital Militar Central


 Ley 352 de 1997


Artículo 42. Funciones. En desarrollo de su objetivo, el Hospital Militar Central cumplirá las siguientes funciones: 


a) Prestar con prioridad, atención médica a afiliados y beneficiarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares. 

b) Prestar servicios médico-asistenciales a personas naturales y jurídicas, que lo requieran. 

c) Desarrollar programas en educación médica en pregrado, posgrado, enfermería y en otras áreas relacionadas con los objetivos del Hospital.

d) Adelantar estudios de investigación científica en áreas médicas, paramédicas y administrativas; 

e) Promover el desarrollo y bienestar del personal que pertenece a la estructura orgánica del Hospital. 


PARÁGRAFO. Las funciones del Hospital Militar Central deberán desarrollarse de conformidad con los planes, políticas, parámetros y lineamientos fijados por el CSSMP. 


 


Funciones del Director General 


Decreto 4780 del 19 de Diciembre de  2008

Artículo 3°: Dirección General. Son funciones del Director General del Hospital Militar Central, además de las señaladas en la Ley 489 de 1998, las siguientes:


1. Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y desarrollar la ejecución de las políticas, planes y programas que en materia de salud determinen el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional (CSSMP), así como el Consejo Directivo del Hospital.


2. Presentar a consideración del Consejo Directivo, las propuestas de política general del organismo, las de mejoramiento y reformas proyectadas para la entidad; y los planes y programas que, de conformidad con la Ley Orgánica de Planeación y de Presupuesto, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y al Plan Nacional de Desarrollo.


3. Establecer mecanismos de control y calidad a los servicios de salud para garantizar a los usuarios atención oportuna, personalizada, humanizada, integral y continua.


4. Dirigir el desarrollo del Sistema de Garantía de Calidad, Auditoría Médica y Atención al Usuario, para los servicios de salud que presta el Hospital; así como establecer mecanismos de control del sistema.


5. Adoptar sistemas de información .interinstitucional para lograr el adecuado control de los planes y  programas del Hospital.


6. Dirigir y controlar el manejo de los recursos financieros del· Hospital, y presentar el anteproyecto de presupuesto, las adiciones y traslados del mismo, con el fin que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas orgánicas del presupuesto general de la Nación y establecer y adoptar las tarifas de servicios y productos del Hospital Militar Central.


7. Adoptar los reglamentos, el régimen interno y los Manuales Específicos de Funciones, Requisitos y Procedimientos, necesarios para el cumplimiento de las funciones del Hospital.


8. Presentar a consideración del Consejo Directivo, las modificaciones necesarias a la estructura, al estatuto interno y a la planta de personal, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones legales y reglamentarias.


9. Distribuir el personal de la planta global, teniendo en cuenta la estructura, las  necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.


10. Establecer políticas relacionadas con la Administración del Talento Humano, la capacitación, entrenamiento y bienestar del recurso humano de la entidad, así como nombrar y remover el personal, efectuar los traslados, encargos y dar aplicación al régimen disciplinario previsto en las disposiciones legales.


11. Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra servidores y ex servidores públicos de la entidad por parte de la Oficina de Control Interno Disciplinario.


12. Otorgar, mediante reglamentación interna, premios, designaciones honoríficas, condecoraciones e incentivos a las personas que, por la realización de trabajos investigativos y ponencias de carácter científico asistencial, sean destacados o reconocidos por asociaciones científicas y aquellas que por su labor hayan promovido el buen nombre y el desarrollo de la gestión hospitalaria.



13. Crear y conformar, con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la entidad.


14. Las demás que le señale la ley y los Estatutos, y que correspondan a la naturaleza de las funciones atribuidas a la entidad.


Acuerdo 2 de 2002 -Por el cual se adopta el estatuto interno del Hospital Militar Central

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